Datos obligatorios
Fiscales
- Se agrega como dato obligatorio el Régimen Fiscal de la persona tributaria.
- Se agrega como dato obligatorio el Uso de CFDI, de acuerdo al catálogo proporcionado por el SAT.
Personales
- Nombre o razón social – Se convierte en obligatorio.
- Si es persona física, debe escribir su nombre y apellidos en mayúsculas.
- El código postal del domicilio fiscal es ahora obligatorio.