Datos obligatorios

Fiscales

  • Se agrega como dato obligatorio el Régimen Fiscal de la persona tributaria.
  • Se agrega como dato obligatorio el Uso de CFDI, de acuerdo al catálogo proporcionado por el SAT.

Personales

  • Nombre o razón social – Se convierte en obligatorio.
  • Si es persona física, debe escribir su nombre y apellidos en mayúsculas.
  • El código postal del domicilio fiscal es ahora obligatorio.